Decreto N° 09/2.020.-

Suardi, 31 de Marzo de 2.020.-

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N° 325/2020 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional publicado en el Boletín Oficial el 31 de marzo de 2.020, y CONSIDERANDO:

Que a partir de la declaración de pandemia del COVID-19 (Coronavirus) por parte de la OMS, el Gobierno Nacional, el Gobierno de la provincia de Santa Fe y en el ejercicio de sus competencias, también la Municipalidad de Suardi, han dictado medidas con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario.-

Que así se dispusieron medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio con sus correspondientes excepciones, a fin de garantizar las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia.-

Que el día 31 de marzo venció el plazo del ASPO dispuesto por el DNU. N° 297/20.-

Que si bien se han observado buenos resultados en la disminución de la circulación de personas, el Presidente de la Nación y el Ministro de Salud de la Nación recibieron precisas recomendaciones de parte de expertos en epidemiología acerca de la conveniencia, a los fines de proteger la salud pública, de prorrogar el “aislamiento, social, preventivo y obligatorio”, hasta el día domingo 12 de abril del corriente año, inclusive.-

Que el Artículo 1°) del DNU. N° 297/20 del PEN al establecer el plazo del “aisalmiento, social, preventivo y obligatorio” entre el 20 y el 31 de marzo de 2020, previó la posibilidad de su prórroga por el tiempo que se condirare necesario en función de la evolución epidemiológica.-

Que el Gobierno de la provincia de Santa Fe, dictó el Decreto N° 304/20 por el cual adhirió a las disposiciones del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/20 del PEN por el cual se prorrogan hasta el 12 de abril del corriente inclusive las medidas de “aislamiento, social, preventivo y obligatorio” dispuestas por el DNU. N° 297/20.-

Que en dicho marco corresponde disponer la expresa adhesión al DNU. N° 325/20 del PEN, en cuanto fuere materia de compentencia de la Municipalidad de Suardi.-

POR TODO ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SUARDI EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES DECRETA:

Artículo 1º) ADHERIR la Municipalidad de Suardi al Decreto de Necesidad y Urgencia N° 325/20 dictado por el Poder Ejecutivo Nacional y Decreto Provincial n° 304/20 del Gobierno de la provincia de Santa Fe, en tanto resulte materia de competencia de esta Municipalidad.-

Artículo 2º) PRORROGAR la vigencia de todos los Decretos y Resoluciones dictadas por la Municipalidad de Suardi en el marco del ASPO dispuesto por el DNU. N° 297/20, hasta el día 12 de abril del corriente año, inclusive.-

Artículo 3°) El presente Decreto será refrendado por el Sec. de Gobierno y la Sec. de Haciendas y Finanzas de la Municipalidad de Suardi.-

Artículo 4°) Comuníquese, publíquese, dese amplia difusión del presente por todos los medios masivos. Notifíquese al Concejo Municipal, a los efectos que pudiere corresponder y al Juzgado Administrativo de Contravenciones. ARCHÍVESE.-

     Jimena Lingua             Diego Fontanessi                     Hugo Boscarol

  Sec. de H. y Finanzas            Sec. de Gobierno                          Intendente

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