Suardi, 12 de noviembre de 2019.
VISTO:
La necesidad de contar con el Presupuesto General de Recursos y Gastos para el ejercicio 2.020, y CONSIDERANDO:
Que debe dictarse la norma legal que lo contenga, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756.-
POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
Artículo 1º) Fíjese en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES QUINIENTOS DOS MIL CIENTOS TREINTA Y SEIS C/33/100 (240.502.136,33.-) el total de Erogaciones del Presupuesto General de la Administración Municipal para el Presupuesto del año 2020, conforme al siguiente detalle y cuadro anexo, que forma parte integrante de la Ordenanza.-
TOTAL CONSOLIDADO
EROGACIONES CORRIENTES 181.023.485,32
Operación: 181.023.485,32
Personal 110.101.593,03
Bienes y Servicios No Personales 54.322.409,44
Transferencias 16.599.482,85
EROGACIONES DE CAPITAL 44.459.015,77
Inversión Real 44.459.015,77
Bienes de Capital 3.429.018,80
Trabajos Públicos 41.029.996,97
Bienes Preexistentes 0,00
OTRAS EROGACIONES 2.717.520,88
EROGACIONES ESPECIALES 12.302.114,36
TOTAL EROGACIONES 240.502.136,33
Artículo 2º) Estímese en la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MILLONES QUINIENTOS DOS MIL CIENTOS TREINTA Y SEIS C/33/100 (240.502.136,33.-) el Cálculo de Recursos destinados a atender las Erogaciones a que se refiere el artículo anterior, de acuerdo con las distribuciones que se indican a continuación:
TOTAL CONSOLIDADO
RECURSOS CORRIENTES: 143.633.819,80
De Jurisdicción Propia: 83.132.245,29
Tributarios del Ejercicio 74.175.106,02 56.380.979,68
Tasas y Derechos 53.954.238,40
Tasas y Actuaciones Adm. 2.232.852,71
Contribución de Mejoras 20.220.867,62
No Tributarios del Ejercicio 8.957.139,27
De Otras Jurisdicciones: 136.968.151,14
Coparticipaciones Nacionales 70.825.187,47
Coparticipaciones Provinciales 66.142.963,67
RECURSOS DE CAPITAL 0,00
Ventas Activos Fijos 0,00
FINANCIAMIENTO 20.401.739,90
Aportes No Reintegrables 19.882.479,88
Uso del Crédito 519.260,02
TOTAL RECURSOS 240.502.136,33
Artículo 3º) Como consecuencia de lo establecido en los artículos anteriores, estímese el siguiente Balance Preventivo:
I Total de Erogaciones $ 240.502.136,33
II Total de Recursos $ 240.502.136,33
III Resultado EQUILIBRADO.
Artículo 4°) Fíjese en TRES (3) el número de cargos en el Departamento Ejecutivo Municipal; en SIETE (7) el número de cargos en el Concejo Municipal; en SETENTA Y CUATRO (74) el número de cargos de la Planta de Personal Permanente; en ONCE (11) el número de Personal Contratado No Permanente; en DIEZ (10) el número de Personal Contratado bajo la modalidad de Prestaciones de servicios; en CINCO (5) el número de Personal de Gabinete y TREINTA Y CINCO (35) el número de cargos de la Planta de Personal Transitorio.
Artículo 5°) Autorícese al D.E.M. a través de la secretaria de Hacienda y Finanzas a realizar las reestructuraciones, reconducciones y/o modificaciones necesarias con el único requisito de comunicar al Concejo Municipal cuando se trate de Sub-partidas, y mediante ordenanza, para modificaciones de Partidas., con la única limitación de no alterar el total de erogaciones fijadas en el artículo 1º).
Artículo 6°) Dispóngase que las Erogaciones a atenderse con fondos provenientes de rentas Especiales deberán ajustarse en cuanto a modo y oportunidad a las cifras realmente recaudadas o cuya recaudación esté material o legalmente asegurada dentro del mismo ejercicio.
Artículo 7°) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.
Artículo 8°) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.