Ordenanza Nº 150/ 2020 – “Modificación Régimen Especial de Contrataciones.”

Suardi, 14 de octubre  de 2020.

VISTO:

Lo dispuesto por las Ordenanzas Municipales Nº 12/2.018 y 61/2.019 respecto al Régimen de Contrataciones y Modificación del Régimen especial de contrataciones, respectivamente, y CONSIDERANDO:

Que mediante las referidas Ordenanzas, conforme lo autoriza el artículo 10 y el artículo 11 de la Ley 2.756 se dispuso un régimen especial de contrataciones para la Municipalidad de Suardi.-

Que sin perjuicio de respetar el criterio sostenido por la ley de municipalidades, cual es garantizar la libre concurrencia de oferentes, la igualdad de oportunidades a los mismos, la transparencia y la falta de arbitrariedad en el proceso de selección, y obtener así las condiciones más ventajosas para el interés público, teniendo en cuenta el índice inflacionario que incide de manera trascendental sobre los precios de los distintos bienes que se utilizan para la prestación de los servicios públicos y/o reparación y/o adquisición de maquinarias, resulta necesario adecuar los montos oportunamente establecidos para el Régimen especial de contrataciones de la Municipalidad.

Que ello permitirá al Departamento Ejecutivo Municipal en ejercicio de sus facultades que les son propias, desarrollar una eficiente y eficaz utilización de los recursos.

Que la creciente inflación que experimenta la economía nacional, con su consecuente influencia en las economías regionales, es de público y notorio conocimiento.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º)Dispóngase la modificación de los inc. a), b), c), d) y e) del artículo 1º) de la Ordenanza Municipal Nº 12/2.018 y su modificatoria 61/2.019, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

  1. a) Hasta la suma de pesos quinientos mil ($500.000.-) en forma de compra directa.
  2. b) De pesos quinientos mil uno ($500.001.-) hasta la suma de pesos seiscientos mil ($600.000.-), en forma directa, requiriéndose dos cotizaciones como mínimo.
  3. c) De pesos seiscientos mil uno ($600.001.-) hasta la suma de pesos ochocientos mil ($800.000.-), en base a la realización de Concurso de Precios.

Para la realización del Concurso de Precios, se llamará a oferta, bajo sobre cerrado, a tres (3) oferentes como mínimo y deberá ir acompañado con un detalle de las Condiciones y Especificaciones Técnicas del bien y/o servicios a adquirir.

  1. d) De pesos ochocientos mil uno ($800.001.-) hasta la suma de pesos un millón ($1.000.000.-) en base a la realización de Concurso Público de Precios.

El Concurso Público, deberá ir acompañado en todos los casos del correspondiente Pliego de Bases y Condiciones y Especificaciones Técnicas, expuestas de manera clara y precisa. Se llamará a éste por medio de avisos publicados en uno o más diarios locales y/o regionales de reconocida circulación.

  1. e) A partir de un millón uno ($1.000.001.-) por el sistema de Licitación Pública.

Artículo 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.

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