Ordenanza Nº 16/2.017 Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi.-

VISTO:

El desempeño del Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi desde aproximadamente el año 2.008; y CONSIDERANDO:

Que, en el año 2.005 se dictó la Ley Nacional Nº 26.061 que disponía la conformación del Sistema de Protección Integral de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes con el fin de garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte.-

Que, la provincia de Santa Fe en el año 2.009 dictó la Ley Nº 12.967 sobre Promoción y Protección integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, la que en su artículo primero dispone la adhesión a la Ley Nacional Nº 26.061.-

Que, la Comuna de Suardi en virtud a las disposiciones de la Ley nacional y de la Ley provincial viene desarrollando una importante tarea en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes actuando interrelacionadamente con la Delegación de Niñez de Rafaela, el Juzgado de 1º Instancia de Distrito de San Cristóbal, la Defensora General de San Cristóbal, Juzgado de Familia de Morteros, provincia de Córdoba, policía de Suardi y Juzgado Comunitario de Pequeñas Causas de Suardi.-

Que, a partir del año 2.012 y hasta el presente, la Comuna de Suardi ha suscripto sendos convenios de Niñez, Adolescencia y Familia, por los que la Comuna asume el compromiso de ejercer la conducción, administración y funcionamiento del Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos, el que tendrá como fin la aplicación en un primer nivel de intervención lo normado en la ley provincial en lo referente al ámbito de los niños, niñas y adolescentes como así también la promoción y protección a través del Desarrollo de Políticas integrales en la temática de Género y Diversidad sexual.-

Que, conforme a los antecedentes expuestos, resulta necesario ratificar lo actuado por el Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi, ratificar el convenio suscripto y disponer el reconocimiento y la creación formal del referido servicio en el ámbito de la Comuna de Suardi.-

POR TODO ELLO LA COMISION COMUNAL DE SUARDI SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Ratifíquese lo actuado por el Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi desde el año 2.008 en el desarrollo de medidas tendientes a la protección y promoción de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.-

Artículo 2º) Ratifíquese el convenio suscripto en el mes de marzo del corriente año entre la Secretaría de Políticas Sociales de la provincia de Santa Fe, representada por su Secretaria Vanesa Oddi y la Comuna de Suardi, representada por su presidente comunal Hugo Antonio Boscarol y la tesorera de la Comuna Yanina Andrea Gerlero, en el marco de los principios, derechos y garantías que establece la Ley Provincial Nº 12.967 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y la Ley Nº 13.348 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.-

Artículo 3º) Dispóngase el reconocimiento de lo actuado y la creación formal del Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi en el marco de la Ley Nº 12.967 de la provincia de Santa Fe.-

Artículo 4º) Dispóngase que el Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi tendrá a su cargo realizar el primer nivel de atención a los efectos desarrollar medidas y acciones de protección y promoción de los derechos de Niños, Niñas y Adolescentes.-

Artículo 5º) Dispóngase que el Servicio Local de Protección de Niñez y Adolescencia para la Comunidad de Suardi en la Comuna de Suardi, estará a cargo de los siguientes profesionales: Gabriela Silvana Gaido, Psicomotricista; Valeria Natacha Poi, Licenciada en Psicología; María de Belén Griffa, Lic. en Trabajo Social y Diego Fontanessi, abogado.-

Artículo 6º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-

Suardi, 30 de Mayo de 2.017.-

Javier A. Barolo Hugo A. Boscarol

Sec. Administrativo Pte. Comunal

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