Ordenanza Nº 173 / 2021 – “Concurso Anual de Emprendedores”

Suardi, 04 de junio de 2021.

VISTO:

La sanción de la Ordenanza 71/2019 de creación de un fondo rotatorio para ser destinado a emprendedores de la ciudad de Suardi y la necesidad de estimular y generar nuevos emprendimientos productivos destinados a formar nuevos emprendedores, y;

CONSIDERANDO:

Que es necesario promover acciones tendientes a incentivar las industrias, comercios y servicios de nuestro medio.

Que debemos suscitar la generación de nuevos emprendedores y de nuevas ideas para tener un desarrollo sustentable en el tiempo.

Que es muy difícil el acceso al crédito bancario para quienes comienzan una nueva actividad y no tienen garantías y/o avales.

Que este concejo dotó oportunamente de herramientas para llevar a cabo este tipo de Proyectos.

Que el Municipio debe premiar las mejores presentaciones de Proyectos e ideas.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1°) Créese dentro del Presupuesto Municipal destinado al fondo rotatorio (ordenanza 71/2019) la sub partida denominada “CONCURSO ANUAL DE EMPRENDEDORES” por un monto a ser establecido por el DEM.

Artículo 2°) Determínese que Dicho Concurso, premiará anualmente a 3 (tres) Proyectos.

Artículo 3°) Establézcase la creación de una JUNTA EVALUADORA para la ponderación de los Proyectos.

3°-1.- La Oficina de Economía Social dependiente de las Secretarias de Gobierno y de Hacienda y Finanzas (creada por ordenanza 71/2019 art. 3), convocará para  la conformación de la Junta Evaluadora, encargada de analizar los proyectos, a un Miembro del Departamento Ejecutivo Municipal, a un Miembro por Bloque del Concejo Municipal y a un Miembro del Centro Económico de Suardi.

3°-2.- En caso que la Junta lo requiera, podrá solicitar asesoramiento de agentes de instituciones locales para facilitar el análisis, el seguimiento y evaluación de los Proyectos, como así también para la confección del formulario de presentación y de la planilla de evaluación.

3°-3.- La Junta Evaluadora será a la vez el Jurado que  determine a los ganadores de dicho Concurso Anual de Emprendedores y lo hará antes del día 31 de agosto de cada año.

Artículo 4°) Los Proyectos deberán ser presentados junto a un formulario creado para tal fin hasta el día 30 de junio de cada año, en la Oficina de Economía Social, la que inmediatamente alcanzará copia de los mismos  a la Junta Evaluadora para que pueda analizarlos conforme a criterios de evaluación establecidos previamente.

Artículo 5°) El Concurso Anual de Emprendedores, se publicitará en todos los medios de comunicación local y mediante encuentros informativos por parte de los miembros de la Junta Evaluadora, durante los meses de marzo a  mayo inclusive.

Artículo 6°) Los formularios de presentación, podrán ser retirados en cualquiera de las organizaciones/instituciones que forman parte de la Junta Evaluadora y no tendrán costo alguno.

Artículo 7°) Los interesados en presentar Proyectos, deberán ser mayores de 18 años, o en su defecto ser representados legalmente por un tutor, además, deberán ser residentes de la ciudad de Suardi con un mínimo de 2 (dos) años.

Artículo 8°) Los Proyectos a presentar, pueden ser de cualquier índole: comercial, agropecuario, industrial o de servicio, con un perfil de crecimiento sustentable en el tiempo y de generación de empleo genuino.

Artículo 9°) Los Premios serán entregados en un Acto Público, por  autoridades locales e integrantes de la Junta Evaluadora.

Artículo 10°) Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.

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