Ordenanza Nº 90/ 2019 “Donación Lote para viviendas.”

Suardi, 03 de septiembre de 2019.

VISTO:

El Expte. Nº 15201-0199565-8 sobre Solicitud de Ejecución de 24 Viviendas por Licitación Pública de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo Urbano de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe, y; CONSIDERANDO:

Que en fecha 16 de enero de 2.019 por ante la D.P.V. y U. – Secretaría de Estado de Hábitat – Departamento de Descentralización y Logística de la provincia de Santa Fe, la Municipalidad de Suardi presentó la solicitud para la construcción de veinticuatro (24) viviendas en un inmueble ubicado en el Barrio San Miguel de la ciudad de Suardi, en el marco de la operatoria “Planes de Viviendas para la Demanda Global por Administración Comunal/Municipal y Modo Licitación”, Subprograma de Ejecución de Viviendas Unifamiliares.

Que en fecha 21 de junio de 2.019 la Municipalidad de Suardi suscribió por ante la Escribana Romina Mandrile, titular del Registro Nº 896 de Suardi, la Escritura Pública de compraventa Nº 99 a su favor con los herederos de Dora Josefina Locatelli en relación a tres fracciones de terreno ubicadas en la ciudad de Suardi, entre ellas el Lote Nº 1 – Manzana Nº 45 del plano Nº 219.352, Escritura Pública inscripta en el Registro General de Santa Fe bajo la Matrícula Nº 1644761.

Que el Lote Nº 1 – Manzana 45, fue subdividido por el Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario: División, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 222284 de fecha 24/07/2.019, resultando como consecuencia de ello los Lotes Nº 01, 02 y 03 de 5.100 m2, 1.800 m2 y 5.100 m2 respectivamente.

Que a los fines de llevar a cabo la ejecución de las viviendas conforme a la solicitud de la Municipalidad de Suardi, resulta indispensable la donación del Lote Nº 03 del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario: División, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 222284 de fecha 24/07/2.019, a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe con el fin de ser afectado exclusivamente a la construcción de veinticuatros (24) viviendas en el marco de la operatoria “Planes de Viviendas para la Demanda Global por Administración Comunal/Municipal y Modo Licitación” – Subprograma de Ejecución de Viviendas Unifamiliares.

Que asimismo resulta necesario disponer en relación al Lote Nº 2 del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario: División, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 222284 de fecha 24/07/2.019, su afectación para calle pública.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Dispóngase la afectación del Lote Nº 2 del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario: División, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 222284 de fecha 24/07/2.019 de 1.800 mts.2 para calle pública.

Artículo 2º) Dispóngase la donación libre de ocupantes y ocupación a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe, del Lote Nº 3 del Plano de Mensura para Modificación de Estado Parcelario: División, inscripto en el Servicio de Catastro e Información Territorial bajo el Nº 222284 de fecha 24/07/2.019 el que consta de las siguientes medidas y linderos: ciento veinte (120) mts. en su costado Este, Línea D-C y linda con calle Santiago Gilli; ciento veinte (120) mts. en su costado Oeste, Línea E-F y linda con el lote Nº 2 de la misma mensura de subdivisión, destinado a calle pública; cuarenta y dos con cincuenta (42,50) mts. en su costado Norte, Línea F-C y linda con Bv. San Martín, y cuarenta y dos con cincuenta (42,50) mts. en su costado Sur, Línea E-D y linda con calle Mario Locatelli, encerrando una superficie de CINCO MIL CIEN (5.100) mts2 ubicado en el Barrio San Miguel de la ciudad de Suardi, Departamento San Cristóbal, provincia de Santa Fe.

Artículo 3º) Dispóngase que la transferencia a favor de la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe se efectúa con el cargo de que sea afectado el Lote Nº 03 del plano Nº 222284 exclusivamente a la construcción de veinticuatros (24) viviendas en el marco de la operatoria “Planes de Viviendas para la Demanda Global por Administración Comunal/Municipal y Modo Licitación” – Subprograma de Ejecución de Viviendas Unifamiliares. En caso de incumplimiento del cargo, el inmueble será automáticamente restituido a la Municipalidad de Suardi, previo reclamo de cumplimiento del mismo.

Artículo 4º) Otórguese a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la Provincia de Santa Fe la inmediata posesión del inmueble descripto, con amplias facultades de utilización y la realización de todo acto que resulte conducente a los fines expresados.-

Artículo 5º) Deróguese por desuetudo la Ordenanza Nº 74/2.019.

Artículo 6º) Comuníquese a sus efectos con copia a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de la provincia de Santa Fe.

Artículo 7º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.

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