ORDENANZA Nº 152/ 2020 – “Exenciones de Tasas Municipales para Bomberos Voluntarios”

Suardi, 16 de octubre de 2020.

VISTO:

 La necesidad de otorgar exenciones de tasas municipales a los integrantes del Cuerpo Activo de Bomberos Voluntarios de la ciudad de Suardi, como reconocimiento  de la Comunidad y Municipalidad a su gran tarea social; y,

CONSIDERANDO:

Que la situación de las personas que se pretenden beneficiar, se origina en el voluntariado, condición indispensable de los Bomberos de nuestra ciudad, para acceder al cuerpo.

Que los mismos no reciben salario alguno en contraprestación a tan loable tarea social que desarrollan en Suardi, en la región y en cualquier parte del país donde se los requiera.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Dispóngase el beneficio de exención de tasas municipales para  integrantes del  Cuerpo Activo de  Bomberos Voluntarios de la ciudad de Suardi.

Artículo 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su Promulgación.

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese y Archívese

ORDENANZA Nº 151/ 2020 – “Prohibición de estacionamiento vehículos de gran porte sobre calles Roque Sáenz Peña y Jorge Marengo”

Suardi, 15 de octubre de 2020.

VISTO:

Las calles Roque Sáenz Peña y Jorge Marengo, y su cercanía a los silos de acopia de granos ubicados en pleno centro de la ciudad de Suardi, y;

CONSIDERANDO:

         Que en dichos sectores se estacionan permanentemente gran cantidad de vehículos de transporte pesado, sobre todo camiones con acoplados.

Que allí se localizan los silos de acopios de granos.

Que las características propias de las actividades que desarrollan las empresas destinadas al acopio de granos, implican por un lado inconvenientes en el tránsito por el desplazamiento de camiones de gran porte y por el otro, problemas medioambientales y de seguridad.

Que dicha situación amerita tomar medidas concretas, a fin de impedir el estacionamiento en la vía pública de este tipo de vehículos, para la prevención de los graves inconvenientes que se generan.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Prohíbase, el estacionamiento de vehículos de gran porte sobre las calles Roque Sáenz Peña, entre calles Córdoba y Santiago del Estero, y sobre calle Jorge Marengo entre calles Córdoba y Santiago del Estero, a excepción de vehículos oficiales.

Artículo 2º) El  DEM deberá realizar la debida señalización colocando la cartelería correspondiente.

Artículo 3º) Comuníquese, publíquese, archívese.

ORDENANZA Nº 150/ 2020 – “Modificación Régimen Especial de Contrataciones.”

Suardi, 14 de octubre  de 2020.

VISTO:

Lo dispuesto por las Ordenanzas Municipales Nº 12/2.018 y 61/2.019 respecto al Régimen de Contrataciones y Modificación del Régimen especial de contrataciones, respectivamente, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante las referidas Ordenanzas, conforme lo autoriza el artículo 10 y el artículo 11 de la Ley 2.756 se dispuso un régimen especial de contrataciones para la Municipalidad de Suardi.-

Que sin perjuicio de respetar el criterio sostenido por la ley de municipalidades, cual es garantizar la libre concurrencia de oferentes, la igualdad de oportunidades a los mismos, la transparencia y la falta de arbitrariedad en el proceso de selección, y obtener así las condiciones más ventajosas para el interés público, teniendo en cuenta el índice inflacionario que incide de manera trascendental sobre los precios de los distintos bienes que se utilizan para la prestación de los servicios públicos y/o reparación y/o adquisición de maquinarias, resulta necesario adecuar los montos oportunamente establecidos para el Régimen especial de contrataciones de la Municipalidad.

Que ello permitirá al Departamento Ejecutivo Municipal en ejercicio de sus facultades que les son propias, desarrollar una eficiente y eficaz utilización de los recursos.

Que la creciente inflación que experimenta la economía nacional, con su consecuente influencia en las economías regionales, es de público y notorio conocimiento.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º)Dispóngase la modificación de los inc. a), b), c), d) y e) del artículo 1º) de la Ordenanza Municipal Nº 12/2.018 y su modificatoria 61/2.019, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

  1. a) Hasta la suma de pesos quinientos mil ($500.000.-) en forma de compra directa.
  2. b) De pesos quinientos mil uno ($500.001.-) hasta la suma de pesos seiscientos mil ($600.000.-), en forma directa, requiriéndose dos cotizaciones como mínimo.
  3. c) De pesos seiscientos mil uno ($600.001.-) hasta la suma de pesos ochocientos mil ($800.000.-), en base a la realización de Concurso de Precios.

Para la realización del Concurso de Precios, se llamará a oferta, bajo sobre cerrado, a tres (3) oferentes como mínimo y deberá ir acompañado con un detalle de las Condiciones y Especificaciones Técnicas del bien y/o servicios a adquirir.

  1. d) De pesos ochocientos mil uno ($800.001.-) hasta la suma de pesos un millón ($1.000.000.-) en base a la realización de Concurso Público de Precios.

El Concurso Público, deberá ir acompañado en todos los casos del correspondiente Pliego de Bases y Condiciones y Especificaciones Técnicas, expuestas de manera clara y precisa. Se llamará a éste por medio de avisos publicados en uno o más diarios locales y/o regionales de reconocida circulación.

  1. e) A partir de un millón uno ($1.000.001.-) por el sistema de Licitación Pública.

Artículo 2º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.

ORDENANZA Nº 149/ 2020 – “Aumento importes para el Permiso de Usos de parcelas en el Cementerio.”

Suardi, 13 de octubre  de 2020

VISTO:

La necesidad de adecuar el importe de los permisos de uso de parcelas para la construcción de Panteones y Mausoleos en el Cementerio local, y;

CONSIDERANDO:

Que a los fines de actualizar el valor que percibe la Municipalidad en concepto de permiso de uso de parcelas para la construcción de Panteones para 2, 3 y 4 ataúdes y para la construcción de Mausoleos para 6 u 8 ataúdes, teniendo en cuenta que dichos valores no se han actualizada hasta la fecha, no obstante el incremento del valor de la tierra y la incidencia que sobre los mismos tiene la situación inflacionaria de nuestro país, resulta necesario modificar los valores que percibirá la Municipalidad por esos conceptos.

Que conforme lo dispone la Ley Orgánica de Municipalidades de la provincia de Santa Fe la actualización de los importes que percibe la Municipalidad en concepto de Tasas, Derechos y Contribuciones debe estar determinado por ordenanza.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Modifíquese del TITULO IV Derecho de Cementerio de la Ordenanza Nº 01/2.017, el

Artículo 20º) el que quedará redactado de la siguiente manera:

Artículo 20º) Fíjese los siguientes importes para la Adjudicación de parcelas para construcción de:

Artículo 20-1: Panteones para 2 ataúdes: $22.500,00.

Artículo 20-2: Panteones para 3 o 4 ataúdes: $35.000,00.-

Artículo 20-3: Mausoleos para 6 u 8 ataúdes: $65.000,00.-

Artículo 2º) Autorícese a la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de Suardi a introducir las modificaciones de las partidas presupuestarias que sean necesarias para la ejecución de lo dispuesto en la presente.

Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.

ORDENANZA Nº 148/ 2020 – “Contratación en forma directa Construcción 60 nichos en el Cementerio local.”

Suardi, 12 de octubre  de 2020

VISTO:

La necesidad de contar con nuevos nichos en el cementerio local y así poder brindar el servicio correspondiente, y;

CONSIDERANDO:

 Que la Municipalidad de Suardi tiene que llevar adelante la construcción de nichos para ataúdes en el cementerio local.-

Que para cubrir el déficit actual y aumentar la cantidad de nichos, logrando con ello la prestación del servicio en debida forma, resulta necesario disponer la construcción de sesenta (60) nichos en el cementerio local.

Que previo análisis de oportunidad y necesidad para la mejor satisfacción de los servicios públicos, y si bien por el monto del proyecto debería llevarse a cabo por el procedimiento de licitación pública, la Ordenanza Nº 12/2.018 y su modificatoria Ordenanza Nº 61/2.019 expresamente dispone “. . . podrá contratarse directamente por vía de excepción en los siguientes casos: 2-1: Cuando existan razones de verdaderas urgencias y/o de emergencia imprevisible, declarada por los dos tercios de votos del Concejo;. . .”.

Que a esos efectos y con la finalidad de mantener la eficiencia administrativa, preservando los recursos municipales, y garantizando la prestación del servicio en el cementerio, se requirió a la empresa local, “Casa Soldano” de Mauricio Soldano un presupuesto, condiciones constructivas y forma de pago para la construcción de sesenta nichos.

Que el presupuesto presentado por el titular expresamente dispone:

PLATEA Y CIMIENTOS: con hormigón completo de 10 cm de espesor y cimientos en las paredes perimetrales con malla sima 15 x 25;

PAREDES: perimetrales de bloque cerámico palmar espesor 18 cm y divisorios interiores entre nichos con paredes de bloques de cemento de 13 cm perfilados; columnas internas con 4 hierros de 8 mm, en paredes de ladrillos cerámicos y de bloques de cemento; 

DIVISORIOS HORIZONTALES: de hormigón premoldeado de 5 cm de espesor con estructura de hierro del 4,2 mm;

TECHO NICHOS: de hormigón con malla sima 15 x 25;

TAPAS Y FAJAS NICHOS: las fajas horizontales y verticales con granito reconstituido color gris y tapas con granito natural GRIS MARA;

ACCESORIOS POR CADA TAPA: cruz, florero media caña de acero inoxidable y dos pomos de bronce cromado;

REVOQUES: grueso y fino en paredes laterales y posteriores;

PISOS DE GALERIA: losetas de hormigón 40 x 40 cm primera calidad;

PINTURA: de primera calidad con color a convenir;

PRECIO: el total de la obra presupuestada asciende a la suma de pesos UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($1.779.000.-).

TIEMPO DE EJECUCIÓN DE LA OBRA: 120 días.

Que de conversaciones mantenidas con el titular de la empresa se convino como forma de pago cinco (5) cuotas iguales mensuales y consecutivas equivalentes cada una al veinte por ciento (20%) del monto total de obra, abonándose la primera al momento de la firma del contrato de obra.

Que analizada la oferta, forma de pago y demás condiciones del presupuesto, teniendo en cuenta por otra parte, la incesante escalada inflacionaria que experimenta la economía nacional, la experiencia y trayectoria comercial de la empresa, que ha construido ya en varias oportunidades nichos como consecuencia de la adjudicación en procesos licitatorios y en otras oportunidades a partir de una contratación directa autorizada expresamente por el Concejo Municipal, constituyen todos esos elementos la justificación suficiente de la oportunidad y necesidad de llevar a cabo la contratación en forma directa de la empresa “Casa Soldano”.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

Artículo 1º)Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, excepcionalmente, a contratar en forma directa a la empresa local “Casa Soldano” de Mauricio Soldano, CUIT Nº 20-32095969-2,con domicilio en calle 9 de Julio Nº 667 de Suardi, para la ejecución de la obra consistente en la construcción de sesenta (60) nichos en el cementerio local, con las características convenidas y que serán incorporadas en el correspondiente contrato de obra a suscribir, por un precio total de pesos UN MILLÓN SETECIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL ($1.779.000.-)mediante la siguiente forma de pago consistente en cinco (5) cuotas iguales mensuales y consecutivas equivalentes cada una al veinte por ciento (20%) del monto total de obra, abonándose la primera al momento de la firma del contrato correspondiente.

Artículo 2º) Impútese el importe determinado en el artículo anterior a la sub-partida “Otras Obras Públicas” del Presupuesto Municipal año 2.020.

Artículo 3º) Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.

Artículo 4º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.

ORDENANZA Nº 147/ 2020 – Mod. Ordenanza Nº 144/2020 “Registro Público de Proveedores – Programa Precios Testigos”

Suardi, 09 de Octubre de 2020

VISTO:

La Ordenanza Nº 144/2020  “Registro Público de Proveedores Programa Precios Testigos”, y;

CONSIDERANDO:

          Que el DEM considera incorporar en su Art. Nº 8, como uno de los requisitos para ser admitido en el Registro de Proveedores: estar inscripto en Ingresos Brutos o Convenio Multilateral según corresponda la jurisdicción donde desarrolle su actividad.

Que fundamenta esta incorporación a la obligación de los proveedores de inscribirse impositivamente a nivel provincial.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Artículo 1º) Modifíquese el  Art. 8º de la Ordenanza Nº 144/2020, que quedará redactado de la Siguiente manera: “Artículo 8º) Son requisitos para ser admitido en el registro de Proveedores:  a) Construirse como Responsable Inscripto o Monotributista. b) Inscribirse en Ingresos Brutos o Convenio Multilateral según corresponda la jurisdicción donde desarrolle su actividad. c) Habilitación municipal otorgada por la Municipalidad o Comuna donde esté radica la sede de su empresa, comercio, industria o profesión. d)  No registrar deuda con la Municipalidad de Suardi por un período superior a los 6 meses.”

Artículo 2º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese”.

Colocación de nuevas luminarias led

La Municipalidad de Suardi informa que se continúa trabajando en la colocación de Luminarias Led, en este caso en calle Zavaleta.

Personal Municipal se encuentra realizando trabajos de reacondicionamiento de columnas del alumbrado público, y se comenzó con la colocación de las primeras lámparas led en el sector sur.

Cabe mencionar que, a medida que se avanza con las colocaciones, se realiza la instalación de todo el cableado nuevo en cada columna, incluyendo su cable a tierra y se coloca además un extensor para direccionar mejor la luz de las mismas.

Obra continuación del Bv. San Martín en Barrio San Miguel

Dicha obra contó con la construcción del cordón cuneta, sobre el que se realizó el ripiado y un cantero central de un metro y medio de ancho que divide ambas arterias.

También se llevó adelante la colocación de las respectivas luminarias led en columnas dobles.

Monto total: $3.991.747,84; Iniciándose con un Aporte del Gobierno Provincial de $1.367.292,00, y finalizando con fondos propios del Municipio.

Entrega de pollitos camperos y ponedoras

La Municipalidad de Suardi, en la tarde del miércoles 30 de septiembre, hizo entrega a 15 familias de nuestra ciudad, de pollitos camperos y ponedoras. Cabe destacar que los mismos fueron recibidos desde el programa Prohuerta de INTA.

Una de las ventajas de la cría de pollitas ponedoras BB, raza negra INTA, rubia INTA y campero, es que por su ciclo de vida tienen gran capacidad para producir huevos y carne en poco tiempo y además no necesitan de grandes instalaciones.

Obras: ampliación de red cloacal

La Municipalidad de Suardi informa que se continúa con los trabajos de Ampliación de la Red Cloacal en el Sector Noreste de la Ciudad. Ésta es una obra de vital importancia para los vecinos de dicho sector.

En la mañana del martes 29/9, el Intendente Hugo Boscarol estuvo recorriendo y visualizando los trabajos, los cuales son realizados íntegramente por Personal Municipal.