DECRETO N° 25/2.020 – Extensión horarios y apertura días domingo.-

Suardi, 10 de Julio de 2.020.-

VISTO:

Las disposiciones municipales dictadas a fin de implementar lo dispuesto por el DNU. Nº 297/20 y sus modificatorios, en ejercicio de sus competencias propias, y;

CONSIDERANDO:

Que a fin de extremar las medidas de protección de la salud pública y evitar la circulación de personas a lo mínimo indispensable durante la vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio, se dispusieron medidas en tal sentido.-

Que a partir de la implementación del Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y siempre con la misma premisa, corresponde adecuar las medidas dictadas con anterioridad.-

Que se recibieron inquietudes del Centro Económico de Suardi, comerciantes minoristas de proximidad y también de los ediles de nuestra ciudad, respecto a la ampliación del horario vespertino y de la posibilidad, para los comercios minoristas de proximidad, de abrir a la atención al público los días domingo.-

Que con la única finalidad de brindar una alternativa a esos pequeños comercios minoristas de proximidad, actividad comprendida dentro de las excepciones del artículo 6º) del DNU. Nº 297/20 se considera prudente y oportuno en su caso la apertura de sus comercios los días domingo en el horario de 9,00 hs. a 13,00 hs.-

POR TODO ELLO EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SUARDI EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES

DECRETA:

Artículo 1º) ESTABLECER para los supermercados y/o autoservicios que giran bajo el nombre comercial de GIRO, CRISOL, BARGELLINI y CIA., EL GUARDIAN, LOS AMIGOS y SOL, el siguiente horario: de lunes a sábados y días feriados de 8:00 hs. a 12:00 hs. y de 15,30 hs. a 19,30 hs., los días domingo cerrado.-

Artículo 2º) ESTABLECER para los comercios minoristas de proximidad, no comprendidos en la nómina del artículo anterior, el siguiente horario: lunes a sábado y feriados 8:00 hs. a 13:00 hs. y de 15:00 hs. a 22:00 hs. y los días domingo de 9:00 hs. a 13:00 hs.-

Artículo 3º) El presente Decreto entrará en vigencia a partir de las 00,00 hs. del día 13 de Julio del corriente y será refrendado por el Sec. de Gobierno y la Sec. de Haciendas y Finanzas de la Municipalidad de Suardi.-

Artículo 4º) Comuníquese, publíquese, dese amplia difusión del presente por todos los medios masivos de difusión.

Notifíquese al Concejo Municipal a los efectos que pudiere corresponder. Archívese.-