Asistencia financiera para productores agropecuarios afectados por la sequía 

Recordamos a los productores locales que se encuentran abiertas las inscripciones para dos líneas de emergencia:

🔴 Línea 1: Asistencia Financiera para productores Agropecuario afectados por la sequía (sin certificados de emergencia), inscripción hasta el 03 de febrero 2023. Link: http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/243923/(subtema)/93794

🔴 Línea 2: Asistencia Financiera para productores Agropecuario afectados por la sequía (con certificado de emergencia), inscripciones hasta el 28 de febrero de 2023. Link: http://www.santafe.gov.ar/index.php/web/content/view/full/247274/(subtema)/93794

🔴 Lugar de inscripción:

Sistema AFEM https://www.santafe.gob.ar/afem/

🔴 Aclaración:

En la plataforma web elegir la opción Asociación para el Desarrollo Regional de Villa Trinidad y Colonia Ana para los productores de Villa Trinidad, Arrufo, La Rubia, Colonia Ana y Suardi.

🔴 Para más información:

Comunicarse con la Asociación para el Desarrollo Regional de Villa Trinidad y Colonia Ana:

➖ Teléfono: 03491-491826

➖ Whatsapp: 03491-15-589449

➖ E-mail: asocvillatrinidad@vtcc.com.ar

➖ Dirección: Saavedra 404 – 2345 – Villa Trinidad (Pcia. Santa Fe)

 

Emergencia Apícola y Agropecuaria

Se prorroga la declaración de Emergencia y/o Desastre Agropecuario dispuesta por los Decretos N° 0020/22 y 0080/22, desde el día 1° de julio de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023, para todas las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en todos los distritos de todos los departamentos, excepto Gral. López.

Se declara en situación de Emergencia y/o Desastre Agropecuario desde el 1 de noviembre de 2022 hasta el 31 de mayo de 2023 a las explotaciones agropecuarias afectadas por el evento climático sequía, que se encuentran ubicadas en la totalidad de los distritos del Departamento General López, exceptuando a los productores agropecuarios amparados por la Ley N° 14165, cuyas producciones han sido afectadas por un anegamiento permanente.

¿Qué necesito para realizarlo? 🤔

🔴 El Productor agropecuario deberá presentar:

➖ Declaración Jurada de Emergencia Agropecuaria por distrito y se presentará de forma online.

➖ Copia del contrato correspondiente (arrendamiento/aparcería/comodato/pastaje/otros).

➖ RUPP en el distrito que va a presentar la declaración jurada de Emergencia Agropecuaria.

🔴 El Productor apícola deberá presentar:

➖ Declaración Jurada de Emergencia apícola (una por productor), en donde consten todos los apiarios afectados. Presentación online.

➖ Copia del DNI del productor en caso de persona física, o copia de Acta Constitutiva en caso de tener personería jurídica.

➖ RUPP por apiario declarado.

➖ RENAPA.

🔴 Para mayor información, visitar el portal oficial de la provincia: www.santafe.gob.ar

🔴 Link para tramitar la declaración jurada solicitando el beneficio: Productores de todas las actividades excepto apicultura: https://www.santafe.gov.ar/emergencia-agro/.

🔴 Link para tramitar la declaración jurada solicitando el beneficio: Productores actividad apícola: https://www.santafe.gob.ar/proap/.

Asistencia financiera para productores agropecuarios afectados por la sequía

🔴 Destinatarios:

➖ Producción agrícola extensiva: hasta 300 hectáreas declaradas como “granarias” en el RUPP.

➖ Producción ganadera bovina (leche/carne): hasta 400 cabezas totales de ganado (según informe de SENASA de acuerdo a lo declarado en la última acta de vacunación de aftosa).

➖ Producción mixta (agricultura extensiva/ganadería): hasta 200 cabezas totales de ganado bovino (según informe de SENASA de acuerdo a lo declarado en la última acta de vacunación de aftosa) y hasta 200 hectáreas de agricultura extensiva declaradas como “granarias” en el RUPP.

🔴 Condiciones del crédito:

Monto por productor: hasta $700.000 por productor.

➖ Tasa de interés: sin interés.

➖ Plazo de gracia: hasta 12 meses.

➖ Plazo total de pago: 12 meses incluido el período de gracia.

➖ Plazo de inscripción: 3 de Febrero de 2023.

🔴 Requisitos:

Los productores deberán estar registrados en el Registro Único de Producciones Primarias de Santa Fe (RUPP, Decreto Provincial 1724/2017) previo a la fecha de presentación de la presente solicitud.

🔴 Destino del fondo:

Adquisición de insumos y servicios vinculados a la siembra/resiembra de los cultivos afectados: semillas de maíz, soja, verdeos, pasturas, combustible, fertilizantes, productos de protección vegetal, silobolsas, bobinas de hilo para rotoenfardadoras, alambre de fardo, pago de fletes para la provisión de agua y traslado animales, compra de alimentos (forrajes conservados o concentrados), limpieza de represas o mejoras en el aprovisionamiento de agua, entre otros.

🔴 Lugar de inscripción:

🔴 Aclaración:

En la plataforma web elegir la opción Asociación para el Desarrollo Regional de Villa Trinidad y Colonia Ana para los productores de Villa Trinidad, Arrufo, La Rubia, Colonia Ana y Suardi.

🔴 Para más información:

Comunicarse con la Asociación para el Desarrollo Regional de Villa Trinidad y Colonia Ana:

➖ Teléfono: 03491-491826

➖ Whatsapp: 03491-15-589449

➖ E-mail: asocvillatrinidad@vtcc.com.ar

➖ Dirección: Saavedra 404 – 2345 – Villa Trinidad (Pcia. Santa Fe)

Programa de Asistencia “Impulso Tambero” para productores

Ministerio de Economía de la Nación – Resolución 27/2023

🔴 Destinatarios:

Productores tamberos que registren un promedio diario de producción de hasta CINCO MIL (5.000) litros de leche cruda en el período octubre 2021 a septiembre 2022 y hayan dado cumplimiento a esta resolución.

🔴 Categorías:

➖ Cat. 1: productores que no superen el promedio de MIL QUINIENTOS (1.500) litros diarios.

➖ Cat. 2: productores que registren un promedio superior a los MIL QUINIENTOS (1.500) litros diarios.

🔴 Duración del Beneficio:

Mensual por un término de CUATRO (4) meses.

🔴 Determinación del beneficio:

➖ a) A los beneficiarios de la Categoría 1 le corresponderá una asignación de PESOS QUINCE ($ 15) por litro de leche.

➖ b) A los beneficiarios de la Categoría 2 un monto de PESOS DIEZ ($ 10) por litro de leche.

➖ c) En ningún caso la asignación mensual será superior a los PESOS SEISCIENTOS MIL ($ 600.000) para ambas categorías.

Para la determinación de la asignación mensual se multiplicará el promedio de litros diarios por TREINTA (30). Si el resultado no superare el límite establecido, determinará el monto de la asignación mensual; en caso contrario, la asignación mensual quedará limitada a la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL (600.000), que es el tope.

🔴 Plazo para solicitar:

QUINCE (15) días hábiles administrativos a partir de la publicación en el Boletín Oficial de la resolución, es decir desde 13 de enero al 3 de febrero de 2023.

🔴 ¿Cómo se tramita?

➖ a) Ingresar a través del servicio “SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA – AUTOGESTIÓN SAGyP” del sitio “web” de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) (http://www.afip.gob.ar).

➖ b) Solicitar expresamente el beneficio en el marco del PROGRAMA.

➖ c) Autorizar a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP) a suministrar a la Autoridad de Aplicación la información correspondiente.

➖ d) Constituir domicilio en una casilla de correo electrónico que será válida a todos los efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que disponga la Autoridad de Aplicación en el marco del PROGRAMA.

➖ e) Indicar una CLAVE BANCARIA UNIFORME (CBU) de una cuenta bancaria en moneda PESOS a su nombre.

➖ f) Ingresar aquellos datos que la Autoridad de Aplicación considere necesarios para una correcta efectivización del beneficio.

Cumplidos los requisitos, se aprobará mediante el dictado de una resolución la nómina de beneficiarios y determinará las compensaciones correspondientes.

🔴 El cobro:

El monto de los beneficios será liquidado mensualmente y abonado mediante transferencia bancaria a la cuenta correspondiente a la Clave Bancaria Uniforme (CBU) declarada por cada interesado.

🔴 Importante:

El Programa creado por esta resolución podrá destinar hasta la suma de PESOS NUEVE MIL CIENTO SESENTA MILLONES ($ 9.160.000.000), sujeta a disponibilidad presupuestaria del Servicio Administrativo Financiero 363 – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Recomendamos realizar el pedido lo antes posible.

Recordar que los subsidios están alcanzados en impuesto a las ganancias del período en que se liquidan, no así en IVA, pero quedarán alcanzados por Ganancias 2023 que se abona en el año 2024.

Asistencia financiera para la prevención de daños ocasionados por la sequia para productores agrícolas, ganaderos, frutihortícolas de la Provincia de Santa Fe

Interesados: Los productores agrícolas, ganaderos, frutihortícolas que desean acceder al crédito deberán presentar documentación y solicitar más información en la Asociación para el Desarrollo de Villa Trinidad y Colonia Ana.

✅ Documentación a presentar:

• DNI del productor y garante.
• Constancia de CUIT.
• Constancia de RUPP.
• Ultima acta de vacunación.
• Presupuesto y detalle del destino del crédito firmado por un profesional agrónomo y/o veterinario.
• Detalle de ventas de los últimos 30 días.

✅ Condiciones del crédito:

• Monto máximo a otorgar por productor 1.000.000 (un millón de pesos)
• Tasa de interés 0 (CERO) %
• Plazo total de reintegro: hasta 12 (doce) meses.
• Periodo de gracia: 12 (doce) meses.
• Plazo máximo de solicitud del crédito: hasta el 18 de Mayo inclusive.

Presentarse en la Asociación para el Desarrollo Regional de Villa Trinidad y Colonia Ana, de lunes a viernes, de 07:30 a 13:00 hs. Consultas al: 3491 – 589449.