ORDENANZA Nº 160/ 2020 – “Autorización Intendente a firmar Convenio con la D.P.V.”

Suardi, 18 de diciembre de 2020.

VISTO:

La necesidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de calles” de la localidad de Suardi, durante el ejercicio 2.020, de acuerdo  al Cómputo y Presupuesto realizado por Vialidad  y;

CONSIDERANDO:

Que los términos del Convenio y el Presupuesto ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de las obras a realizar por la Municipalidad son razonables y compensan las inversiones a su cargo.

Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Intendente de la Municipalidad de Suardi para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento como así también a percibir la correspondiente certificación  que resulte del convenio suscripto.

Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad.

Que la ejecución de la obra brindará beneficios imponderables a todos los habitantes de la zona.

POR TODO ELLO EL CONCEJO MUNICIPAL  DE SUARDI, SANCIONA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

Artículo 1º)Apruébese la formalización de un Convenio entre esta Municipalidad y la Dirección Provincial de Vialidad para lo cual esta Municipalidad se compromete a ejecutar la OBRA: “Mejorado de calles” de la localidad de Suardi, durante el ejercicio 2020, de acuerdo  al Cómputo y Presupuesto realizado por la Dirección Provincial de Vialidad.

Artículo 2º) Autorizar al Intendente Municipal, Hugo Antonio Boscarol, DNI. Nº 6.704.640, a suscribir el respectivo Convenio como también a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y la percepción del monto establecido.

Artículo 3º) Apruébese la inversión que deberá realizar la Municipalidad de acuerdo a la Ley Nº 2.756.

Artículo 4º) Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Municipalidad  de Suardi a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.

Artículo 5º) Regístrese, Comuníquese, Archívese.

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