La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de viviendas individuales en lote propio, cuya actuación tramita bajo los Exptes. Nº 15201-0184945-2; 15201-0184935-9; 15201-0184940-7; 15201-0184944-1 y 15201-0184942-9, todos comprendidos en la Resolución Nº 3077/96; y CONSIDERANDO:
Que, es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación del Estudio de Suelo del terreno afectado a la construcción de las viviendas.-
Que, según informes técnicos y referencias de construcciones aledañas a los terrenos afectados a las obras, no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales.-
POR TODO ELLO, LA COMISIÓN COMUNAL DE LA COMUNA DE SUARDI SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
Articulo 1º) Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados en los rubros Movimientos de Suelos y Fundaciones no previstos en el Presupuesto, en los terrenos destinados a las mencionadas obras a raíz de la construcción de la vivienda, cuya actuación tramita bajo los Exptes. Nº 15201-0184945-2; 15201-0184935-9; 15201-0184940-7; 15201-0184944-1 y 15201-0184942-9, todos comprendidos en la Resolución Nº 3077/96.-
Artículo 2º): Comuníquese a la Dirección Provincial de Vivienda y Urbanismo de Diseño Urbano y Habitacional FONAVI, la presente Ordenanza.-
Artículo 3º) Regístrese, Publíquese, Comuníquese y Archívese.-
Suardi, 14 de Junio de 2.017.-
Javier A. Barolo Hugo A. Boscarol
Sec. Administrativo Presidente Comunal

